Ley contra la usura


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Se denomina al cobro excesivo y abusivo de intereses por un préstamo. Este término se emplea en finanzas para denominar cuando un crédito o un préstamo demanda un alto tipo de interés por el préstamo de dinero. La cual aplica para:




a)  Bancos
b)  Sociedades de Seguros
c)  Bancos Cooperativos y Federaciones, de conformidad con la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito;
d)  Asociaciones y Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito y sus Federaciones;
e)  Sociedades de Ahorro y Crédito;
f)  Bancos de los Trabajadores;
g)  Cajas de Crédito;
h)  Emisores de Tarjetas de Crédito;
i)  Asociaciones sin fines de lucro que otorguen crédito;
j)  Fundaciones sin fines de lucro que otorguen crédito;
k)  Casas comerciales;
l)  Comerciantes de bienes y/o servicios;
m)  Casas de empeño;
n)  Montepíos;
o)  Personas naturales que presten dinero; y,
p)  En general, cualquier sujeto o entidad que de conformidad a la Ley Contra la Usura realice operaciones de financiamiento.

Segmentos de credito que establece la ley

  • Crédito de Consumo para personas naturales: Crédito decreciente otorgado a personas naturales, para financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios, en el que se pacta con o sin una orden de descuento del salario del deudor.
  • Créditos Otorgados a personas naturales por medio de Tarjeta de Crédito: Es el otorgado a personas naturales para financiar la adquisición de bienes o el pago de servicios, mediante una tarjeta de crédito.
  • Crédito para Empresa: Crédito destinado a financiar a una persona natural o jurídica que opera en el mercado produciendo y/o comercializando bienes o servicios, este aplica para líneas de crédito de carácter rotativo y créditos decrecientes.


  • Crédito para Vivienda
  1. Adquisición y construcción de vivienda para uso del adquiriente: Es el otorgado a personas naturales para financiar la adquisición de vivienda, adquisición de terreno y la construcción de viviendas.
  2. Crédito para vivienda para remodelación y reparación de vivienda individual: Es el otorgado a personas naturales para la ampliación, remodelación o reparación de viviendas.
  • Microcrédito: Préstamo que se otorga a , aquel que se otorga, a personas naturales o jurídicas, mediante la aplicación de tecnologías apropiadas para el otorgamiento y la administración del proceso de crédito, la cual debe contener como mínimo: a) Procedimientos y formularios para el levantamiento de la información financiera a través de su personal, en el negocio y/o domicilio del o los solicitantes, que permite el análisis de la capacidad de pago; así como aquella información que dé indicios de la moralidad del o los solicitantes; b) Procedimientos y políticas de recaudo del préstamo en el negocio y/o domicilio del deudor; y, c) Políticas crediticias que sustituyan el requerimiento de garantías reales.
 En El Salvador el Banco Central de Reserva (BCR) es el encargado de regular las tasas de interes maximas legales, las cuales seran publicadas dos veces en el año, en los meses de Enero y Julio; dichas tasas seran publicadas en los primeros 10 dias habiles de los meses correspondientes.

 Valoracion personal

Es importante que en El Salvador se haya creado esta ley debido a que esta es una practica que se remota desde la antiguedad y al no existir una ley que pudiera regular este tipo de practica, las personas cobraban interes excesivos y se aprobechaban de la necesidad de dinero, por lo que a traves de esta ley se pretende que se tenga un mejor control y ayudar a las personas que lo necesitan a obtener creditos sin que existan personas que se aprovechen de ello.
Bibliografía
  • https://www.bcr.gob.sv/esp/index.php?option=com_content&view=article&id=218&Itemid=377

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